CIRCULAR ISO 9001-15
República Bolivariana de Venezuela | Ministerio del Poder Popular para el Transporte
Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos es el responsable de controlar que los administradores portuarios, sus instalaciones portuarias y los que estén en construcción posean los niveles de seguridad previstos en la ley, concernientes a la gestión en tierra, mediante la ordenación y ejecución de las obras en construcción y operación de puertos e instalaciones portuarias .
CONSIDERANDO
Que la Norma ISO 9001 es una norma de la Organización Internacional de Normalización que se aplica a los productos y servicios relacionada con la gestión de la calidad y aplicable a cualquier tipo de organización de cualquier sector o actividad .
DECIDE
Por medio de la presente circular se informa a todo el Sector Acuático, en especial a los administradores portuarios que a partir de la presente fecha se establece :
Los administradores portuarios, deberán implementar un Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma ISO 9001:2015, antes del 30 de junio de 2019, requisito que será indispensable para la autorización de Concesión, Concesión de funcionamiento, Habilitación y Autorización de funcionamiento, para operar y administrar un puerto o instalación de tipo portuario .
La Autoridad Acuática por órgano de la Gerencia de Puertos y la Oficina de Tecnologías de la Información, velarán por el cumplimiento de esta Circular .
Notifíquese el contenido de la presente Circular a través de todos los mecanismos de difusión .
CÉSAR VLADIMIR ROMERO SALAZAR
PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS
Decreto Nro. 2.874 de fecha 18 de mayo de 2017
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.153 de fecha 18 de mayo de 2017
Reimpreso por error material, según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.166 de fecha 6 de junio de 2017




