';

    • sugerencias@inea.gob.ve
    • +58-212-123-4567
    • www.inea.gob.ve

    Copyright INEA © Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos - Todos los derechos reservados

    Organización Marítima Internacional

    Como organismo especializado de las Naciones Unidas, la Organización Marítima Internacional (OMI), es la autoridad mundial encargada de establecer normas para la seguridad, la protección y el comportamiento ambiental que ha de observarse en el transporte marítimo internacional. Su función principal es establecer un marco normativo para el sector del transporte marítimo que sea justo y eficaz, y que se adopte y aplique en el plano internacional.

    En otras palabras, su función consiste en crear un marco de igualdad de condiciones a fin de que los armadores de buques dispongan de diversas maneras de solucionar sus problemas financieros que no presupongan simplemente la aplicación de recortes presupuestarios que comprometan la seguridad, la protección y el comportamiento ambiental. Por otra parte, este enfoque promueve la innovación y la eficacia. Más información

    La OMI trabaja enfocado principalmente en:

    Seguridad Marítima

    A través del Comité de Seguridad Marítima, siendo este el principal organismo técnico de la OMI en cuestiones relativas a la seguridad, se maneja la manera más adecuada de mejorar la seguridad en el mar es a través de la elaboración de reglas internacionales que sean cumplidas por todas las naciones marítimas y lleva a cabo su labor con la asistencia de diversos subcomités. Más información

    Protección Marítima

    En lo que se refiere a la Protección Marítima, la Organización Marítima Internacional (OMI) proporciona apoyo, asistencia y orientaciones a los Gobiernos Miembros sobre cuestiones relativas a la implantación del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 SOLAS, Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias PBIP, entre otros. Más información

    Protección del Medio Marino

    En el contexto general del desarrollo sostenible, el transporte marítimo constituye una gran fuerza impulsora y muy positiva, dado que contribuye considerablemente al comercio y la prosperidad mundiales y sus repercusiones negativas en el medio ambiente a escala mundial son relativamente reducidas.

    El Comité de protección del medio marino (MEPC) es el órgano técnico superior de la OMI en cuestiones relativas a la contaminación del mar, y lleva a cabo su labor con la asistencia de diversos subcomités de la OMI. Más información

    Factor Humano

    La seguridad y la protección de la vida en el mar, la protección del medio marino y más del 90% del comercio mundial depende de la profesionalidad y la competencia de la gente de mar. El Convenio internacional de la OMI sobre normas de formación, certificación y vigilancia para la gente de mar (STCW), 1978, fue el primer convenio convenido internacionalmente para abordar la cuestión de las normas mínimas de competencia para la gente de mar. En 1995, el Convenio de formación se revisó y actualizó por completo para aclarar las normas de competencia requeridas y proporcionar mecanismos efectivos para la aplicación de sus disposiciones. Más información

    Facilitación

    El objetivo principal del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional (Convenio de facilitación) de la OMI, adoptado en 1965, es lograr que el transporte marítimo sea lo más eficiente posible, procurando el tránsito fluido de buques, cargas y pasajeros en los puertos. Esta eficiencia repercute de manera evidente en el crecimiento del comercio y, por consiguiente, en la economía.

    El Convenio de facilitación comprende «Normas» y «Prácticas recomendadas» en relación con las formalidades, documentos y trámites aplicables a la llegada, estancia y salida ?de buques, tanto en lo que respecta al buque en sí como a su tripulación, pasajeros, equipaje y carga.

    El Comité de facilitación (FAL) está trabajando en forma conjunta con los Estados Miembros para procurar que los buques se trasladen de un puerto a otro sin retrasos innecesarios, simplificando y reduciendo el papeleo y los trámites durante su estancia y partida en viajes internacionales. La OMI se propone que todos los Estados miembros y al sector del transporte marítimo, en su conjunto, participen en tales actividades a fin de mejorar y facilitar el paso fluido de los buques. Más información

    Cooperación Técnica

    Si bien la OMI adopta reglas internacionales aplicables al transporte marítimo, corresponde a los Gobiernos implantarlas. La OMI ha elaborado un Programa integrado de cooperación técnica, el cual está destinado a prestar asistencia a los Gobiernos que carecen de los conocimientos y recursos técnicos necesarios para administrar el sector del transporte marítimo de manera segura y eficaz. Todo esto a través del comité de Cooperación Técnica (TC). Más información

    Asuntos Jurídicos

    Aunque la labor de la OMI se centra principalmente en la seguridad de la navegación y en la prevención de la contaminación del mar, la Organización también ha introducido normas sobre responsabilidad civil e indemnización por daños, ?como la contaminación? causados por los buques. El Comité jurídico (LEG), está facultado para tratar cualquier asunto legal en el ámbito de la Organización, está formado por todos los Estados Miembros de la OMI. Fue establecido en 1967 como un órgano subsidiario para lidiar con cuestiones legales que se presentaron tras la catástrofe del Torrey CanyonMás información

    Recommend
    Share
    Tagged in
    X (Twitter)
    YouTube
    Instagram
    Tiktok
    Últimas Publicaciones ×