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    Circular N° 009 del año 2018, Tiempo máximo de vigencia de pagos para procesar solicitudes

     

    CIRCULAR N° 003

    Se instruye a los Gerentes Generales, Gerentes de Línea, Jefes de Oficina y Capitanes de Puerto, que a partir de la presente fecha, los pagos por trámites relacionados a los servicios y actividades conexas al sector acuático que presta la Autoridad Acuática de conformidad con la Ley, tienen una vigencia de noventa (90) días, contados a partir del correspondiente pago de la tarifa y dicho pago no podrá ser utilizado ni trasladarse de un ejercicio económico-financiero a otro, por lo cual el pago es válido en el mismo año en el que se realizó.La presente instrucción es válida a partir de la presente fecha y por consiguiente deberá ser impartida a todo el personal vinculado, y publicado en las carteleras informativas de las Coordinaciones generadoras de servicios en la Sede Central y de las Capitanías de Puerto y sus delegaciones.Quedan exceptuados de esta instrucción, los trámites realizados ante el Registro Naval Venezolano (RENAVE), el cual tiene disposiciones particulares en la materia en su respectivo Reglamento del Registro Naval Venezolano (RENAVE), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.773 de fecha 11 de Septiembre de 2003.

    Sin más a que hacer referencia y con la plena seguridad de contar con su accionar para que se cumpla la instrucción descrita, se despide

    En Caracas a los dieciséis (16) días del mes de Abril del 2018.

    Atentamente,

    CESAR VLADIMIR ROMERO SALAZAR

    Presidente del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos

    Decreto N° 2.874 de fechas 18 de mayo de 2017, reimpreso por error material, según
    Gaceta Oficial de la República Betivariana de Venezuela B° 41.166 de fecha 06 de junio de 2017.


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