Circular N° 002, de fecha 08 de febrero de 2019, Implementación del Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma ISO 9001:2015 por parte de las empresas prestadoras de servicios de transporte acuático y las operadoras de buceo.
Circular N° 002, de fecha 08 de febrero de 2019, Implementación del Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma ISO 9001:2015 por parte de las empresas prestadoras de servicios de transporte acuático y las operadoras de buceo.
CIRCULAR N° 002
- Las Compañias Navieras, Certificadoras, Agenciamiento Naviero, Agenciadoras de Carga, Consolidadoras de Carga, Transporte Multimodal, Corretaje Marítimo, Avituallamiento y Aprovisionamiento, Servicios de Seguridad Acuática o Salvamento de Vidas (Construcción y Reparación de Equipos de Seguridad), Actividades de Prevención y Combate de Contaminación Ambiental en los Espacios Acuáticos y Operadoras de Buceo Industrial, Recreativo, Deportivo, Pesquero y Científico, deberán implementar un Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma ISO 9001:2015, antes del 30 de junio de 2019, requisito que será indispensable para la autorización de operación de las respectivas empresa.
La Autoridad Acuática por órgano de la Gerencia General de Marinas a través de la Gerencia de Transporte y Tráfico Marítimo y la Oficina de Tecnologías de la Información, velarán por el cumplimiento de esta Circular,
Notifiquese el contenido de la presente Circular a través de todos los mecanismos de difusión.
En Caracas, a los 8 dias del mes de febrero de 2019.




