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    COMUNICADO REPORTE ESTADÍSTICO TRIMESTRAL

    Gobierno Bolivariano de Venezuela | Ministerio del Poder Popular para el Transporte

    Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos

    COMUNICADO
    Se le informa a las empresas del sector acuático, que en relación al reporte estadístico trimestral, debe ser enviado al correo electrónico estadística@inea.gob.ve, según lo establecido en la Ley de Marinas y Actividades Conexas (GO N° 6.153 Extraordinario del 18 de noviembre de 2014), en los siguientes artículos:

    Artículo Entidad Requisitos e Información a Presentar
    Artículo 241 Compañías navieras, agencias navieras, compañías consolidadoras de carga, compañías operadoras y agenciadoras de carga y compañías operadoras de transporte multimodal Deberán presentar ante el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), en los primeros diez (10) días de cada trimestre, un informe que contenga: cantidad de carga movilizada, clase, valor del flete discriminado, puerto de embarque y puerto de destino.
    Artículo 242 Compañías certificadoras Deberán presentar ante el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), en los primeros diez (10) días de cada trimestre, un informe que contenga: tipo de buque certificado, arqueo bruto, tarifa discriminada aplicada y nombre del armador, propietario o agente.
    Artículo 243 Compañías de corretaje marítimo Deberán presentar ante el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), en los primeros diez (10) días de cada trimestre, un informe que contenga: tipo de buque fletado, arqueo bruto, valor del flete discriminado, nombre del fletador y nombre del armador.
    Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA) – Transporte Venezuela
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