Circular 4204/add.6 Coronavirus COVID-19 Lista preliminar de recomendaciones para los Gobiernos y las autoridades nacionales pertinentes sobre la facilitación del comercio marítimo durante la pandemia de la COVID-19.
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Asunto: Coronavirus (COVID-19) – Lista preliminar de recomendaciones para los Gobiernos y las autoridades nacionales pertinentes sobre la facilitación del comercio marítimo durante la pandemia de la COVID-19
El Secretario General hace referencia a los resultados de la Cumbre de Líderes del G-20 sobre la COVID-19, celebrada el 26 de marzo de 2020, en la que se abordaron las perturbaciones del comercio internacional. Los líderes se comprometieron a trabajar para garantizar el flujo de suministros médicos vitales, productos agrícolas críticos y otras mercancías a través de las fronteras.
Recomendaciones para las autoridades portuarias y el sector
A fin de proteger la salud de la gente de mar y el personal portuario, se establecen las siguientes medidas operativas:
| Medida | Descripción |
|---|---|
| Restricción de movimiento | Limitar el movimiento de la gente de mar a bordo de los buques, permitiendo solo cambios de tripulación o atención médica de emergencia. |
| Interfaz buque-puerto | Limitar, en la medida de lo posible, las interacciones entre el personal de a bordo y las entidades del puerto a aquellas críticas y esenciales. |
| Equipo de Protección Personal (EPP) | Garantizar que quienes trabajan en los puertos y tienen acceso a los buques dispongan de EPP adecuado (máscaras, desinfectantes, etc.) antes de entrar en contacto con la tripulación. |
| Protocolos sanitarios | Cumplir con las investigaciones y procedimientos introducidos por los buques visitantes para abordar la COVID-19. |
| Atención médica | Proporcionar a la gente de mar acceso a tratamiento médico de emergencia en tierra. |
| Información | Proporcionar información a los trabajadores portuarios sobre medidas básicas de protección contra la COVID-19 basada en el asesoramiento de la OMS. |




