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    Circular N° 4204/Add.1 COVID 19 Implantación y cumplimiento de los instrumentos pertinentes de la OMI.

    ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL

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    Circular nº 4204/Add.1
    19 de febrero de 2020

    A: Todos los Estados Miembros de la OMI, Naciones Unidas y organismos especializados, Organizaciones intergubernamentales, Organizaciones no gubernamentales que gozan del carácter consultivo ante la OMI.

    Asunto: COVID 19 – Implantación y cumplimiento de los instrumentos pertinentes de la OMI

    El Secretario General informa de que ha recibido informes sobre las repercusiones que está teniendo el brote repentino y rápido del coronavirus COVID-19 en el sector del transporte marítimo. En respuesta a esta situación, el Secretario General ha publicado orientaciones en la circular nº 4204.

    Las autoridades de los Estados de abanderamiento, las autoridades de los Estados rectores del puerto y los regímenes de control, así como las compañías y los capitanes de buques, deberían cooperar, en el contexto actual del brote, a fin de garantizar que, cuando proceda, los pasajeros puedan embarcar y desembarcar, las operaciones de carga puedan realizarse, los buques puedan entrar y salir de los astilleros para proceder a reparaciones y reconocimientos, las mercancías y suministros puedan cargarse, los certificados puedan expedirse y las tripulaciones puedan turnarse.

    Protección de la salud y seguridad de la gente de mar

    En el contexto del brote actual de coronavirus, la protección eficaz de la salud y la seguridad de la gente de mar debería ser prioritaria.

    En virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT):

    • Los Estados de abanderamiento deberán velar por que toda la gente de mar que trabaje en buques que enarbolen sus pabellones esté cubierta por medidas adecuadas para la protección de su salud y de que tenga un acceso rápido y adecuado a la atención médica mientras esté trabajando a bordo.
    • Se exige que los Estados rectores del puerto se aseguren de que la gente de mar que esté a bordo de buques que se encuentren en su territorio y que necesite una atención médica inmediata tenga acceso a las instalaciones médicas en tierra.

    Seguimiento de la situación

    La COVID-19 es un problema grave de salud pública que debe ser comprendido por todos los Estados Miembros y sobre el que estos han de cooperar estrechamente para superar los desafíos relacionados con la implantación y el cumplimiento de los instrumentos de la OMI pertinentes.

    La Organización continuará vigilando de cerca la situación, y el Secretario General facilitará la información adicional que sea oportuna y pondrá estas cuestiones en conocimiento de los órganos pertinentes de la Organización, en particular, el Comité de seguridad marítima, el Comité de protección del medio marino, el Comité de facilitación y el Comité jurídico.

    Ref: I:\C_L\4000 a 4999\CL.4204-Add.1.docxOMI – UN TRANSPORTE MARÍTIMO SOSTENIBLE – UN PLANETA SOSTENIBLE

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