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    Circular 020 de fecha 29 de septiembre de 2020. Extensión de prórroga hasta el 31 de diciembre de 2020, atinente a la vigencia de los títulos, certificados y refrendos expedidos a la Gente de Mar por la autoridad acuática de aquellos tripulantes.

    CIRCULAR N° 020
    (Aviso Especial – 015 COVID-19)

    CONSIDERANDO

    CONSIDERANDO

    CONSIDERANDO

    CONSIDERANDO

    DECIDE

    1. Extender la prorroga otorgada en la Circular N° 016 de fecha 21 de junio de 2020, hasta el 31 de diciembre de 2020, a los títulos, certificados y refrendos a que se refiere esta Circular, expedidos a la gente de mar por la Autoridad Acuática de aquellos tripulantes, que por cualquier circunstancia vinculada con el estado de excepción de alarma no pudieren efectuar el trámite, de acuerdo a lo estipulado por la Administración Acuática.
    2. Los Oficiales Supervisores del Estado Rector del Puerto (OSERP), deberán aceptar las medidas de prorrogas adoptadas por otras administraciones de este tipo de documentación de la gente de mar en el ejercicio de los procedimientos de inspección, de conformidad con el artículo X (Inspección) y la regla I/4 (Procedimientos de inspección) del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978 en su forma enmendada.
    3. La Autoridad Acuática por órgano de las Gerencias Generales de Marina y de Operaciones del Instituto, velarán por el estricto cumplimiento de la presente Circular.
    ELADIO JIMÉNEZ RATTIA
    PRESIDENTE (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS
    Decreto No. 4.309 de fecha 15 de septiembre de 2020
    Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.965 de la misma fecha
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