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    Circular 021 de fecha 30 de septiembre de 2020. Sustitución de denominación del curso «1.22 Simulador de maniobra y trabajo de equipo en el puente» por «1.22 Gestión de los recursos del puente».

    CIRCULAR N° 021

    El Presidente del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 77 numerales 1, 10 y 14 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 73, numerales 1 y 2 y el articulo 74, numerales 2, 3 y 5 ejusdem, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 250 del Decreto N° 1.445 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Marinas y Actividades Conexas y según lo dispuesto en los articulos 42 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública y el articulo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

    CONSIDERANDO

    Que la Organización Maritima Internacional (OMI), en el «Informe para el Comité de Seguridad Maritima (HTW 5/16)», del 5° periodo de sesiones del Subcomité de Factor Humano. Formación y Guardia de fecha 30 agosto del 2018, en los «Cursos modelo que se prevé validar en el HTW 6 y el HTW 7», numeral 3.52, señala:

    1. Según las Enmiendas de Manila de 2010, se habían sustituido los conocimientos comprensión y suficiencia en relación con los «procedimientos eficaces de trabajo de equipo en el puente» del cuadro A-11/1 por «gestión de los recursos del puente y de la cámara de máquinas» de los cuadros A-II/1 y A-III/1, respectivamente, y
    2. La formación en gestión de los recursos del puente y la cámara de máquinas entrañaba la utilización de simuladores, que a su vez diferia en función del equipo y el entorno abordados.

    Y en el numeral 3.53, señala que el Subcomité:

    1. Refrendó la revisión del curso modelo 1.22, que ha pasado a denominarse «Gestión de los recursos del puente», en consonancia con las disposiciones actuales del Código de formación, que debe llevarse a cabo ajustándose a los plazos correspondientes, que se señalan en el párrafo 15 del documento HTW 5/3:
    2. Convino en la elaboración de un proyecto para un nuevo curso modelo sobre gestión de los recursos de la cámara de máquinas, que debe llevarse a cabo ajustándose a los plazos correspondientes, que se señalan en el párrafo 15 del documento HTW 5/3,
    3. Encargó a un grupo de redacción para elaborar el correspondiente mandato (vease el párrafo 3.65.3), de conformidad con la plantilla que figura en el anexo 3 del documento HTW 4/3, con miras a su validación en el HTW 7.

    CONSIDERANDO

    Que la Organización Maritima Internacional (OMI), en el «Informe para el Comité de Seguridad Maritima (HTW 7/3)», del 7º periodo de sesiones del Subcomité de Factor Humano, Formación y Guardia de fecha 28 febrero 2020, en las «Disposiciones para la validación de cursos modelo en el actual periodo de sesiones, numeral 3, señala: El HTW 5 aprobó los mandatos de los autores de los cursos y los grupos de examen, e identificó a los autores y constituyó los grupos de examen que se indican en los anexos 4, 5 y 1 del documento HTW 5/16 respectivamente, en relación con los siguientes cursos modelo con miras a su validación en el actual periodo de sesiones

    Descripción Prioridad Autor Coordinador del Grupo de examen
    1.22 Gestión de los recursos del puente 2 Turquia Malasia
    Nuevo Gestión de los recursos de la cámara de máquinas 1 Filipinas Paises Bajos

    CONSIDERANDO

    Que la Organización Maritima Internacional (OMI), en el «Informe del Grupo de examen acerca del proyecto de nuevo curso modelo revisado 1.22 Gestión de los recursos del puente (HTW 7/3/3), del 7º periodo de sesiones del Subcomité de Factor Humano, Formación y Guardia de fecha 28 febrero 2020 y en el «Proyecto de curso modelo revisado 1.22 Gestión de los recursos del puente (HTW 7/3/3/Add. 1), del 7º periodo de sesiones del Subcomité de Factor Humano, Formación y Guardia de fecha 28 febrero 2020, validó el cuestionario de evaluación y manual del curso OMI «1.22 Gestión de los recursos del puente»

    CONSIDERANDO

    Que Venezuela es parte del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar de 1978 (STCW 78), según Ley Aprobatoria publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 3.878 del 30 de julio de 1986,

    CONSIDERANDO

    Que el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos en el ejercicio de la Autoridad y Administración Acuática, tiene la facultad de certificar al personal de la Marina Mercante por medio de la expedición de titulos, licencias, refrendos y certificaciones de la Gente de Mar, de conformidad con los Convenios Internacionales y la legislación nacional que rige la materia y es el ente competente para reconocer la formación, capacitación y entrenamiento de la Gente de Mar.

    Este Despacho,

    DECIDE

    Informar al sector acuático en general y a la Gente de Mar en particular, que a partir de la presente fecha se establece lo siguiente:

    1. Se sustituye la denominación del curso «1.22 Simulador de maniobra y trabajo de equipo en el puente», por «1.22 Gestión de los recursos del puente».
    2. Se autoriza a las Instituciones Educativas Náuticas y a los Instructores OMI Certificados debidamente registrados en el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos y con permiso vigente, para dictar el curso Modelo OMI «1.22 Gestión de los recursos del puente, en sustitución del curso Modelo OMI 1.22 Simulador de maniobra y trabajo de equipo en el puente», hasta la fecha de vencimiento de la autorización que le fue otorgada, sin que esto requiera efectuar una nueva solicitud.
    3. La Gente de Mar que posea vigente el curso Modelo OMI «1.22 Simulador de maniobra y trabajo de equipo en el puente deberá dirigirse a las Instituciones Educativas Náuticas donde lo obtuvieron y presentar el documento original para que el mismo sea homologado por el curso modelo OMI «1.22 Gestión de los recursos del puente», actividad que no tendrá costo alguno, excepto los costos que se generen por la impresión del nuevo documento.

    La Autoridad Acuática por órgano de la Gerencia General de Marina, a través de la Gerencia de Gente de Mar, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta Circular.

    Notifiquese el contenido de la presente Circular a través de todos los mecanismos de difusión

    En Caracas, a los 30 de septiembre de 2020.

     

    ELADIO JIMÉNEZ RATTIA

    PRESIDENTE (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS

    Decreto No. 4.309 de fecha 15 de septiembre de 2020

    Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.965 de la misma fecha

    GL/WH/NT/RN

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