Circular Nº 4204/Add.11 Coronavirus (COVID-19) Directrices relativas a la protección de la salud, la repatriación y las disposiciones de viaje de la gente de mar, los pasajeros y otras personas que se encuentran a bordo de buques.
ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL
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Asunto: Coronavirus (COVID-19) – Directrices relativas a la protección de la salud, la repatriación y las disposiciones de viaje de la gente de mar, los pasajeros y otras personas que se encuentran a bordo de buques
El Secretario General ha recibido las Directrices relativas a la protección de la salud, la repatriación y las disposiciones de viaje de la gente de mar, los pasajeros y otras personas que se encuentran a bordo de buques, elaboradas por la Comisión Europea en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
Declaración Marítima de Sanidad (DMS)
La DMS, transmitida a través de la ventanilla única nacional, permite a las autoridades competentes comprobar la situación sanitaria de las personas a bordo antes de la entrada en puerto.
Plazos de transmisión de la DMS
| Escenario | Plazo de entrega |
|---|---|
| Regla general | En el momento en que el buque salga del puerto anterior. |
| Viaje corto | Si la duración del viaje es inferior a 24 horas, en el momento en que el buque salga del puerto anterior. |
| Información desconocida | Tan pronto como se disponga de la información, si el puerto de escala es desconocido o se modifica. |
Notificación de 4 horas antes de la llegada
Dada la rápida propagación de la COVID-19 y su período de incubación de hasta 14 días, se recomienda solicitar al capitán que comunique la siguiente información 4 horas antes de la llegada estimada:
- Número total de personas a bordo (tripulación y pasajeros).
- Número de personas que padecen la COVID-19.
- Número de personas presuntamente infectadas.




