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    Circular 001

    CIRCULAR N° 00.1
    El Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 73, numerales 1 y 2, articulo 74, numeral 9 y 11, articulo 102, numeral 4 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos, en concordancia con el artículos 166 y 167 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Marina y Actividades Conexas y de conformidad con lo establecido en el articulo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y con el articulo 49 de la Resolución 033 de fecha 02 de mayo de 2018.Considerando que el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos debe mantener el registro, autorización y seguimiento de las Compañías Navieras, Certificadoras, Agencias Navieras, Operadoras y Agenciadoras de Carga, Consolidadoras de Carga, Agenciadora de Carga, Transporte Multimodal, Aprovicionamiento y Avituallamiento, Actividades de Prevención y Combate de Contaminación Ambiental en los Espacios Acuáticos, Servicios de Seguridad Acuática o Salvamento de Vidas y las Operadoras de Buceo Industrial, Científica, Recreativa, Deportivo, Pesquero y Turistica.Por medio de la presente circular se informa a todo el Sector Acuático que:

    • 1. Las tarifas fijadas en Euros pagaderos en Bolivares según la tasa DICOM publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV), por concepto de Registro y Certificación inicial, Autorización de Extensión de Operaciones y Verificación por Renovación, debe ser calculada por Circunscripción Acuática, donde operan u operarán las empresas antes indicadas.
    • 2. Las agencias navieras que poseen autorización de operaciones por 5 años, deben presentar el pago anual dentro de los 31 dias del mes de enero de cada ejercicio fiscal, acompañado de la fianza vigente para ese periodo.

    La Autoridad Acuática por órgano de la Gerencia General de Marinas a través de la Gerencia de Transporte y Tráfico Marítimo y la Oficina de Recaudación, velarán por el cumplimiento de esta Circular.

    Notifiquese el contenido de la presente Circular a través de todos los mecanismos de difusión.

    En Caracas, a los 25 días del mes de enero de 2019.
    CÉSAR VLADIMIR ROMERO SALAZAR
    Presidente del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos
    Edificio INEA, Av. Orinoco, cruce con Mucuchies, Las Mercedes Caracas, Venezuela | Teléfonos (0212) 909-14-30 Web: https://www.inea.gob.ve
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