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    Circular N°004 del año 2024, Sustitución de nombres y asignación de Código a cursos OMI

    República Bolivariana de Venezuela

    Ministerio del Poder Popular para el Transporte
    Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos

    CIRCULAR N° 004/2024

    En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 78 numerales 1 y 10 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 numerales 1 y 2 y 74 numerales 3 y 5 eiusdem, en concordancia con el artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Marinas y Actividades Conexas y, según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

    POR CUANTOLa Organización Marítima Internacional (OMI), en el Informe sobre el programa de cursos modelo previsto en las «Directrices para la elaboración, examen y validación de cursos modelo» (MSC-MEPC.2/Circ.15/Rev.2), del 10° período de sesiones del Subcomité de Factor Humano, Formación y Guardia de fecha 03 de noviembre del 2023, en la «Visión General de los Cursos Modelo de la OMI», señala los cursos nuevos con sus respectivos códigos OMI y consecuentemente la corrección del nombre de los cursos.

    POR CUANTOLa República Bolivariana de Venezuela adoptó dentro de su ordenamiento jurídico interno, el Convenio sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar de 1978, en su forma enmendada de 1995 (STCW 78/95), mediante Ley Aprobatoria publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.752 Extraordinario de fecha 03 de enero de 2005.

    POR CUANTOEl Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos en el ejercicio de la Autoridad y Administración Acuática, tiene la facultad de certificar al personal de la Marina Mercante por medio de la expedición de títulos, licencias, refrendos y certificaciones de la Gente de Mar, de conformidad con los convenios internacionales y la legislación nacional que rige la materia y es el ente competente para reconocer la formación, capacitación y entrenamiento de la Gente de Mar.

    Este Despacho
    DECIDE

    1. Informar a todo el sector acuático en general y a la Gente de Mar en particular, que a partir de la presente fecha se establece lo siguiente:

    • a. Se sustituye la denominación del curso «1.13 Primeros auxilios – conocimientos básicos» por «1.13 Primeros auxilios básicos».
    • b. Se sustituye la denominación del curso «1.14 Primeros auxilios sanitarios», por «1.14 Primeros auxilios».
    • c. Se sustituye la denominación del curso «1.15 Cuidados médicos», por «1.15 Atención médica».
    • d. Se sustituye la denominación del curso «3.08 Reconocimiento del equipo y las ayudas a la navegación», por «3.08 Reconocimiento de las ayudas a la navegación y del equipo náutico».
    • e. Se asigna el código OMI del curso «Formación sobre la seguridad de los pasajeros y de la carga y sobre la integridad del casco», por «1.46 Formación sobre la seguridad de los pasajeros y de la carga y sobre la integridad del casco».
    • f. Se asigna el código OMI del curso «Gestión de los recursos de la cámara de máquinas» por «7.17 Gestión de los recursos de la cámara de máquinas».
    2. Se insta a los Centros de Educación Náutica que ingresen a la página Web de la OMI y bajen los programas de los cursos a que esta se refiere esta Circular, a fin de actualizar los contenidos en sus respectivos cursos.
    3. La Autoridad Acuática por órgano de la Gerencia General de Marina, a través de la Gerencia de Gente de Mar, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta Circular.
    4. Notifíquese el contenido de la presente Circular a través de todos los mecanismos de difusión.

    En Caracas, a los 09 días del mes de febrero de 2024.

    GERMÁN EDOARDO GÓMEZ LÁREZ
    Presidente (E) del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos
    Decreto N° 4.852 de fecha 28 de agosto de 2023.
    Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.701 de fecha 28 de agosto de 2023.
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