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    Circular Nro.4204/Add.26 Orientaciones para la reanudación gradual y segura de las operaciones de los buques de crucero en la Unión Europea en relación con la pandemia de COVID-19.

    ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL

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    Circular nº 4204/Add.26
    3 de agosto de 2020

    A: Todos los Estados Miembros de la OMI, Naciones Unidas y organismos especializados, Organizaciones intergubernamentales, Organizaciones no gubernamentales que gozan de carácter consultivo ante la OMI.

    Asunto: Coronavirus (COVID-19) – Orientaciones para la reanudación gradual y segura de las operaciones de los buques de crucero en la Unión Europea en relación con la pandemia de COVID-19

    A fin de facilitar la reanudación gradual de las operaciones de los buques de crucero, que se han visto gravemente afectadas por la pandemia, la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) han elaborado conjuntamente las «Orientaciones para la reanudación gradual y segura de las operaciones de los buques de crucero en la Unión Europea en relación con la pandemia de COVID-19», que se adjuntan a continuación.

    El objetivo de las Orientaciones es facilitar la reanudación segura de las operaciones de los buques de crucero en la Unión Europea mediante la recomendación de medidas mínimas que se espera que apliquen todos los interesados, al mismo tiempo que se mantienen las normas generales de seguridad y protección.

    Documento adjunto: Orientaciones para la reanudación gradual y segura de las operaciones de los buques de crucero en la Unión Europea (PDF)

    Se invita a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales a que hagan uso de las Orientaciones, según estimen necesario, y a que las distribuyan a todas las partes interesadas, según se considere oportuno.

    Ref: N:\C_L\4000 a 4999\CL.4204-Add.26.docxOMI – UN TRANSPORTE MARÍTIMO SOSTENIBLE PARA UN PLANETA SOSTENIBLE
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