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    Circular Nro.4204/Add.24 Resultados de la Cumbre Marítima Internacional Virtual sobre Cambios de Tripulación organizada por el Reino Unido.

    ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL

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    Circular nº 4204/Add.24
    13 de julio de 2020

    A: Todos los Estados Miembros de la OMI, Naciones Unidas y organismos especializados, Organizaciones intergubernamentales, Organizaciones no gubernamentales que gozan de carácter consultivo ante la OMI.

    Asunto: Coronavirus (COVID-19) – Resultados de la Cumbre Marítima Internacional Virtual sobre Cambios de Tripulación organizada por el Reino Unido

    El Reino Unido convocó una cumbre marítima internacional virtual el 9 de julio de 2020 para abordar las repercusiones de la COVID-19 en los cambios de tripulación. Durante esta cumbre, 13 Gobiernos acordaron una Declaración conjunta en la que expresan su agradecimiento a la gente de mar y se comprometen a resolver urgentemente los problemas derivados de la pandemia.

    Las promesas de la declaración conjunta incluyen: designar a la gente de mar como trabajadores esenciales, aceptar documentos de identidad como prueba, implantar protocolos de seguridad, examinar restricciones de cuarentena y mejorar el acceso a vuelos comerciales.

    ANEXO: DECLARACIÓN CONJUNTA DE LA CUMBRE MARÍTIMA INTERNACIONAL VIRTUAL SOBRE CAMBIOS DE TRIPULACIÓN

    Los Gobiernos asistentes reconocen que el transporte marítimo mueve más del 80% del comercio mundial. La incapacidad de realizar cambios de tripulación es el desafío operacional más apremiante. Se estima que al menos 200 000 marinos necesitan ser repatriados de inmediato.

    Compromisos acordados por los Gobiernos:

    1. Designar a la gente de mar como «trabajadores esenciales» para facilitar embarques y desembarques.
    2. Aceptar documentación reconocida internacionalmente (certificados STCW, documento OIT 185, carta de la empresa) como prueba de condición de trabajador esencial.
    3. Implantar el «Marco recomendado de protocolos para garantizar la seguridad de los cambios y los viajes de las tripulaciones» (Circular 4204/Add.14).
    4. Examinar la necesidad de restricciones nacionales/locales de viaje, permitiendo exenciones de cuarentena según normas internacionales.
    5. Adoptar medidas temporales (dispensas o flexibilizaciones) respecto a visados y documentación.
    6. Mejorar el acceso a vuelos comerciales hacia países de origen de la gente de mar.
    7. Garantizar que la gente de mar afectada pueda realizar el cambio de tripulación con seguridad y repatriarse.

    Gobiernos participantes de la Declaración

    Países firmantes
    Alemania
    Arabia Saudita
    Dinamarca
    Emiratos Árabes Unidos
    Estados Unidos de América
    Filipinas
    Francia
    Grecia
    Indonesia
    Noruega
    Países Bajos
    Reino Unido
    Singapur
    Ref: I:\CL\4000 a 4999\CL.4204-Add.24.docxOMI – UN TRANSPORTE MARÍTIMO SOSTENIBLE – UN PLANETA SOSTENIBLE
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